Francisco Javier Mier y Campillo (1801-1815 ó 1816).
[D. Francisco Javier Mier y Campillo], asturiano nacido en Alles el 18 de febrero de 1748 (7), fue preconizado el 19 de enero de 1801 (8), o el 24 de mayo de 1802 (9), y gobernó la diócesis [de Almería] hasta su renuncia que, para Tapia se produjo el 1 de mayo de 1816 (10), para Ruiz Fidalgo en 1816 (11), para Perlado (12) el 16 de septiembre del año anterior y para Guitarte el 16 de diciembre de 1815 (13). No hemos hallado en los autores que consultamos fecha cierta de su fallecimiento. Guitarte dice que se produjo antes del 20 de mayo de 1818 (14).
Debió ganar notable prestigio al frente de la diócesis almeriense ya que cuando las Cortes de Cádiz eligieron consejeros de Estado, el 27 de enero de 1812, fue el segundo más votado, obteniendo la confianza de 48 diputados, sin duda tradicionalistas, en el primer escrutinio. Como ninguno de los candidatos alcanzó la mayoría absoluta se pasó a una segunda votación en la que compitió con el cardenal Borbón, arzobispo de Toledo y de Sevilla, y con los obispos de La Habana y Urgel. Logró 73 votos frente a los 86 del cardenal, que resultó elegido (15). Que los votos liberales que se los llevó Borbón es pura evidencia.
Según el Filósofo Rancio y Borrull fue uno de los obispos que representaron en favor de la Inquisición (16). Cuando al fin se pudieron celebrar elecciones en las provincias, llegando así a las Cortes los diputados que verdaderamente eligió el pueblo español, conforme a las normas de la recién promulgada Constitución de 1812 y que dieron lugar a una notable mayoría de diputados tradicionalistas, el obispo de Almería fue elegido representante por Granada, tomando posesión de su escaño, ya en Madrid, el 15 de enero de 1814 (17).
A partir de ese momento militó abiertamente en el campo tradicionalista que se impuso en casi todas las votaciones a sus rivales en los pocos meses que quedaban de vida a las Cortes. Quisieron los liberales privar de su escaño al obispo de Pamplona, Arias Teijeiro, y Mier fue uno de los 82 diputados que impusieron su candidatura frente a 58 votos liberales. También estuvo entre los diputados que aseguraron las elecciones que se habían celebrado en Galicia con abrumador triunfo tradicional, en varias votaciones del Congreso (18). Votó en cambio el encausamiento del diputado ultrarrealista López de Reina, si bien en esa ocasión la mayoría de los diputados tradicionalistas se unió con los liberales, lo que supuso 123 votos contra 13 (9-II-1814), (19). Fue derrotado, esta vez con muchos de los de su partido, por 58 votos contra 68, cuando intentaron oponerse a la causa contra el marqués del Palacio (11-II-1814), (20).
El acto más significado de su paso por las Cortes fue el haber firmado, con otros 68 diputados, el célebre Manifiesto de los Persas (21), que constituyó una rotunda denuncia de la obra gaditana y sirvió de base teórica a la reacción absolutista, aunque luego esta se alejara mucho de lo propugnado por los persas en su Manifiesto (22).
Semejante conducta fue ciertamente del agrado de Fernando VII que, una vez restaurado el Tribunal del Santo Oficio, le propuso para Inquisidor general (23), cargo que ocupó, según Bernardino Llorca (24), de 1814 a 1818, si bien Martí Gilabert fecha su renuncia en 1815 (25) ¿Renunció antes el cargo de Inquisidor que la diócesis? ¿Lo mantuvo después de dimitir la mitra? ¿Dejó ambos en 1815 ó 1816? Otra incógnita más de las muchas que nos encontramos al tratar de los obispos españoles. Y no de los siglos oscuros y antiguos sino de los de ayer.
De sus días de. inquisidor general señalaremos la publicación del decreto de Consalvi contra la masonería el 2 de enero de 1815 (26) y su decreto de 5 de abril del mismo año en el que manifestaba como había males mayores que los causados por los franceses: los progresos de la incredulidad y la corrupción de las costumbres (27).
Reformó y amplió su seminario (28) y, aunque nunca consagró a un obispo, asistió a diversas consagraciones: el 2 de junio de 1805, en Jaén, a la del obispo de Guadix, Cabello, el 12 de febrero de 1815; en Madrid, a la de los de Lugo, Azpeitia, y Zamora, Inguanzo, el 9 de abril de 1815, también en Madrid, a la del de Ciudad Rodrigo, Ramírez de la Piscina y el 16 de febrero de 1817, asimismo en la capital de España, a la del auxiliar de Canarias, Vicente Román Linares (29). Evidentemente su cargo de Inquisidor general le hizo permanecer en Madrid. Su intervención en una consagración episcopal en 1817, con lo que esa larga ceremonia suponía de resistencia física en los participantes, excluye la enfermedad como causa de la renuncia. Tampoco parece que pueda atribuirse a haber caído en desgracia con Fernando VII, pues quienes incurrían en el regio enojo inmediatamente eran alejados de la corte. El nombramiento de sucesor al frente de la Inquisición no se produjo hasta junio de 1818 (30), lo que podría indicar que permaneció rigiendo el Santo Oficio hasta su muerte y que la renuncia a la mitra almeriense pudo deberse a la escrupulosidad del prelado que, al no poder cumplir sus deberes de residencia por el cargo inquisitorial, dejó el obispado. Pero todo esto no pasa de conjeturas.
(5) Ruiz FIDALGO: «Obispos españoles», en DHEE, Suplemento, Madrid, 1987, 557; Guitarte: Op. cit., pág. 110.
(6) EGAÑA, ANTONIO DE: Historia de la Iglesia en la América española. Desde
el Descubrimiento hasta comienzos del siglo XIX. Hemisferio Sur, BAC, Madrid 1966, pág. 1015; GUITARTE: 0p. cit., pág. 110.
(7) Diz-Lois, MARÍA CRISTINA: El manifiesto de 1814, EUNSA, Pamplona, 1975, pág. 125; Guitarte: Op. cit., pág. 122.
(8) TAPIA: 0p. cit., 44; Ruiz FIDALGO: Op. cit., pág. 544.
(9) GUITARTE: 0p. cit., pág. 122.
(10) TAPIA: Op. cit., pág. 4 4.
(11) Ruiz FIDALGO: Op. cit., pág. 544.
(12) PERLADO, PEDRO ANTONIO: Los obispos españoles ante la amnistía de 1817, EUNSA, Pamplona, 1971, pág. 172.
(13) GUITARTE: 0p. cit., pág. 122.
(14) GUITARTE: 0p. cit.; pág. 122.
(15) Actas de las sesiones secretas de las Cortes, Madrid, 1874, pág. 541; FERNANDEZ DE LA CIGOÑA, FRANCISCO JOSÉ: El liberalismo y la Iglesia española. Historia de una persecución, II. Las Cortes de Cádiz, Fundación Francisco Elias de Tejada y Erasmo Pércopo, Madrid, 1996, pág. 151.
(16) AL VARADO, FRANCISCO: Cartas criticas, II, Madrid, 1 8 2 4 , pág. 4 5 3; Discusión del proyecto de decreto sobre el Tribunal de la Inquisición, Cádiz, 1813, págs. 3 8 9 - 3 9 0 ; FERNANDEZ DE LA CIGOÑA: Op. cit., pág. 217.
(17) Actas de las sesiones de la legislatura ordinaria de 1813, en adelante ASLO13, Madrid, 1876, pág. 336.
(18) ASL013, págs. 352, 387, 395, 399, 403.
(19) ASL013, pág. 451.
(20) ASL013, pág. 457.
(21) DIZ-LOIS: Op. cit., págs. 104, 125, 276.
(22) FERNÁNDEZ DE LA CIGOÑA, FRANCISCO JOSÉ: «El manifiesto de los persas», en Verbo, núm. 141-142, enero-febrero 1976, passim.
(23) MARTÍ GILABERT, FRANCISCO: La abolición de la Inquisición en España, EUNSA, Pamplona, 1975, pág. 302.
(24) LLORCA, BERNARDINO: Inquisición, DHEE, II, 1200.
(25) MARTÍ GILABERT: Op. cit., pág. 304.
(26) OLEA, PEDRO: «Iglesia y masonería. El archivo de la nunciatura de Madrid, 1800 - 1850» , en Masonería. Política y Sociedad, II, Centro de Estudios Históricos de la Masonería Española, Zaragoza, 1989, pág. 572.
(27) OLEA: Op. cit., págs. 571-572.
(28) TAPIA: Op. cit., pág. 43.
Extraído de Los Obispos españoles del Siglo XIX. Diócesis de Almería.
Por Francisco José Fernández de la Cigoña
Revista Verbo. Fundación Speiro
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