Introducción.
En la parte anterior, comentábamos como el caso de Noelia Castillo, joven catalana sometida a eutanasia el pasado 26 de marzo de 2026, constituye un paradigma de cómo ha afectado la pérdida de la religiosidad a nivel social: en particular, la pérdida del sentido moral de la tolerancia al sufrimiento, la debilitación de las redes de apoyo familiar provocadas por el divorcio, la baja natalidad o incluso otros factores no relacionados con lo religioso como la pérdida del arraigo y la emigración.
En esta segunda parte, empezaremos a tratar el aspecto más relacionado con la ausencia del Reinado Social de Cristo y sus repercusiones a nivel jurídico. En particular, comenzaremos con la discriminación entre el status de la eutanasia como un mal necesario o un derecho, aplicable a otras cuestiones como el aborto o el divorcio, y el por qué de la consideración como un derecho da lugar a una extensión potencialmente ad infinitum. Y, en consecuencia, la transformación paulatina del Estado poscristiano en deidad de un auténtico culto de sacrificios humanos.
La cuestión de la eutanasia.
Vayamos por
partes. Sin entrar en cuestiones morales, la justificación de la eutanasia en cuanto
mecanismo para evitar que una persona agonizante sufra más de lo necesario no
es tan disparatada a priori como pueda suceder. Por lo menos, los interesados en
la política como tal podemos comprender la necesidad de poner en la balanza dos
males y la necesidad de elegir entre uno de ellos: elegir entre salvar a un
anciano o a un niño, por ejemplo, sabiendo que salvar a uno implicará
necesariamente la muerte del otro. Otro ejemplo sería romper el cuello o matar
a un animal herido que no tiene sanación posible sabiendo que la opción
“humanitaria” implica dejarle agonizando. En los Tercios, la llamada
popularmente “daga vizcaína” se conocía como “misericordia”, ya que se empleaba
para rematar a soldados heridos, amigos o enemigos, para evitarles la agonía una vez heridos mortalmente.
Se elige, en consecuencia, un mal objetivo para evitar males mayores.
Esta es la cuestión con respecto al aborto o a la eutanasia. Se trata de un mal: una decisión que si es posible se debe evitar a toda costa, y que no se debe aplicar a menos que no quede alternativa mejor posible. El problema radica en que cuando se vende el aborto o la eutanasia no se hace tanto como un mal (aunque se justifique de esa manera) sino como un derecho. Esa es la trampa: el derecho es algo bueno y legítimo, que se debe extender; la Administración, al menos de acuerdo al Derecho actual, está obligada a garantizar el cumplimiento de todo derecho y a eliminar a cualquier posible obstáculo para su cumplimiento. Si yo, en el campo de batalla, reconozco que uno de mis camaradas está herido de muerte y no hay salvación posible, quizá sea necesario darle muerte para ahorrarle la agonía como un mal necesario; pero si de repente el médico de campaña me advierte que es posible salvarlo o al menos no es necesario matarle para evitar su agonía, estoy moralmente obligado a no matarle y a hacer todo lo posible para garantizar su supervivencia, aunque las posibilidades de éxito sean escasas. Pero en el momento en que yo tengo derecho a matar a mi compañero malherido, aunque el médico de campaña me advierte de que tiene salvación, no sólo puedo matarlo si es mi deseo, sino que puedo denunciarlo ante la Justicia militar por obstaculizarme en el ejercicio de mi legítimo derecho a dar muerte a un compañero malherido.
Dicho de otra forma. En el momento en que el aborto, el divorcio o la eutanasia se reconocen como derechos, tanto la Administración como la sociedad van a hacer todo lo posible para que se extiendan tanto como fuera posible —incluso más allá del posible factor de contagio que implica su “normalización”. En el momento en que el aborto, la eutanasia o el divorcio son vistos, no como decisiones radicales a una situación extrema, sino como derechos, por su propia naturaleza se van a procurar extender todo lo posible: es eso lo que ha convertido el divorcio en una salida de resolución de conflictos, al aborto en un método anticonceptivo más, y a la eutanasia como alternativa a ancianos enfermos o sanos, personas de cualquier edad que requieran de silla de ruedas o cualquier otro tratamiento, jóvenes con depresión, ect.
La degradación de la vida humana.
Volvemos en
esto al caso particular de Noelia Castillo: el pasado 27 de marzo (Viernes de
Dolores) salió a la luz una nota manuscrita de Noelia fechada en 2024 en el que
solicitaba la paralización de su eutanasia –que debía haberse llevado a cabo el
2 de agosto de 2024— pero aunque finalmente el proceso se detuvo, el Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña no aceptó la carta como prueba de la “voluntad
cambiante” de Noelia alegando que le habían hecho redactar esa carta de forma
involuntaria aprovechando un estado de somnolencia. Esto es relevante porque la
actual ley de eutanasia es muy restrictiva, y requiere que el solicitante muestre
estar en libre uso de su voluntad –y, por lo tanto, estar en condiciones
mentales óptimas—, de hecho las declaraciones de representantes del Gobierno
sobre el caso, pidiendo aligerar los procesos, sugieren que el caso mediático
de Noelia Castillo ha sido alentado por el PSOE con el objetivo del que ya he
hablado previamente de facilitar el uso de ese derecho.
Sin contar las más que razonables dudas de que Noelia Castillo estuviese en pleno uso de sus facultades mentales –pues nadie al verla en el show morboso de Sónsoles Onega la haría responsable de prestarse para ese esperpento, cómo sí harían responsable a su madre y a la propia Onega— la cuestión moral está en la consideración de estos procesos como un mero procedimiento administrativo. Y aquí tengo que hacer, obviando las distancia y lo normi de lo que voy a decir— es imposible no hacer la comparación con el nazismo. Si bien éste ejercía la muerte de forma industrial y el Estado "del Bienestar" como un procedimiento administrativo, existe una cosa que el III Reich y el Régimen del 78 tienen en común en la aplicación de la muerte: la eliminación de la cadena de responsabilidad. Los funcionarios del Reich alegaban en los Juicios de Núremberg que simplemente obedecían órdenes de sus superiores, sin plantearse en ningún momento la moralidad de sus actos, y al ser un procedimiento administrativo que requiere la firma de diversos funcionarios, informes y seguir unas normas determinadas, no existe ningún funcionario a quién podamos hacer responsables de dar muerte a un inocente, y no hay ninguno que se plantee que están tratando de una vida humana: para cada uno de los funcionarios, no es más que otro sujeto a administrar mediante un procedimiento determinado por unas normas fijas.
El Estado como un dios que exige sacrificios humanos.
Uno de los ejemplos más drásticos, e incluso siniestros, en lo relativo a la eutanasia es el de Reino Unido. Allí se ha llegado a imponer que la eutanasia a niños pequeños incluso en contra de la voluntad de sus padres. Uno de los casos más famosos fue el de Charlie Gard (2017), un bebé de diez meses de edad que sufría de una enfermedad artificial y al que, aunque no estrictamente eutanasia, la Burocracia británica decidió retirar la respiración artificial para “no prolongar su sufrimiento” provocando su muerte, todo en contra de la decisión de sus padres. Más siniestro aún fue el caso de Indi Gregory (2023), una bebé de ocho meses que padecía una enfermedad mitocondrial incurable y a la que la Justicia británica decidió desconectar de la respiración artificial de nuevo con la oposición de sus padres, pero que en esta ocasión contaron con una oferta de la Santa Sede se hacerse cargo del tratamiento del niño en un hospital en Italia bajo su administración, y tras negarlo, la Justicia rechazó incluso la solicitud de los padres de ser trasladado el bebé a su casa para que muriese allí.
En el caso particular del Estado británico ya hacemos un salto de gigante desde un mero procedimiento administrativo –aunque la situación se va a ampliar aún más— a una situación en la que el Estado, particularmente la Burocracia, no parece conformarse con ser mero administrador de las vidas de las personas, e incluso juez que determina –aún en contra de su voluntad o la de sus familiares— si esas vidas merecen seguir siendo vividas o no, sino que incluso parece que quiere sangre: no le basta con decidir si una persona sigue viviendo o no, quiere que el mayor número posible de personas se quiten la vida. Otro caso bastante famoso fue el de Christine Gauthier, una militar veterana y atleta paralímpica que solicitó al Estado canadiense la instalación en su casa de un ascensor para su silla de ruedas, y éste le ofreció la eutanasia. E insisto que, aunque paradigmáticos, no son casos aislados.
La época poscristiana ha hecho que el Estado tras proclamar la no-religión oficial, se ha terminado convirtiendo en el César-Dios de una religión pagana, y, entre todas las que hay, ha elegido la peor de todas las existentes: la religión azteca.



